Por el cual se aprueba la implementación de un plan de fortalecimiento para la Escuela de Administración
El Consejo Directivo de la Fundación Universitaria CEIPA, en ejercicio de sus funciones estatutarias y
Considerando:
PRIMERO. Que la Fundación Universitaria CEIPA, de acuerdo con lo prescrito en sus estatutos, tiene como objetivo «prestar a la comunidad un servicio con calidad el cual hace referencia a los resultados académicos, a los medios y procesos empleados, a la infraestructura institucional, a las dimensiones cualitativas y cuantitativas del mismo, y a las condiciones en que se desarrolle la institución«.
SEGUNDO. Que el Consejo Directivo de la Fundación Universitaria CEIPA está comprometido con el fortalecimiento de la calidad de los servicios educativos que se ofrecen a la comunidad y para ello se hace necesario rediseñar la estructura de la Escuela de Administración, que permitan el mejoramiento continuo de la institución.
TERCERO. Que la Fundación Universitaria CEIPA, de acuerdo con los propósitos de desarrollo institucional, sus objetivos y líneas estratégicas y dentro de las acciones tendientes a alcanzar altos estándares de calidad, se ha propuesto fortalecer la estructura de la Escuela de Administración, permitiendo mayor acción y control en los planes de estudio.
CUATRO. Que el Rector de la Institución ha presentado al Consejo Directivo una propuesta que incluye una nueva estructura para la Escuela, la cual incluye unos nuevos cargos, con unas nuevas funciones que permiten una redistribución de la carga laboral, una redistribución de la infraestructura física que permita mayor eficiencia y la ampliación de las plazas de docentes de tiempo completo, todo con miras al fortalecimiento de la calidad académica universitaria y el crecimiento sostenible de la Universidad.
QUINTO. Que el Consejo Directivo realiza un análisis de viabilidad de la propuesta considerando la realidad financiera de la Institución y con absoluto compromiso con los procesos de aseguramiento de la calidad, autoriza la implementación de la propuesta presentada y dispone para ello, todos los recursos físicos, humanos y financieros necesarios para tal fin en los términos que se establecen en el presente acuerdo.
De acuerdo con las consideraciones planteadas y después de una amplia deliberación y debate constructivo y, en ejercicio de sus funciones, el Consejo Directivo:
Acuerda:
PRIMERO. Autorícese al Rector de la Universidad el nombramiento de dos (2) Decanos para la Escuela de Administración, uno para pregrado y uno para posgrado, de acuerdo con los perfiles que se construyan para tal fin, teniendo claro que los objetivos de ambas Decanaturas son:
- Asegurar la coherencia de los Programas Académicos a su cargo y el currículo de los mismos.
- Liderar y asegurar los procesos de acreditación y certificación de calidad definidos en el plan estratégico de la Institución.
- Liderar la implementación del nuevo Estatuto Docente, respetando las políticas de contratación de profesores y favoreciendo la producción intelectual.
- Diseñar y liderar estrategias de visibilidad de la Institución a nivel nacional e internacional.
- Diseño y liderar estrategias de innovación académica que garanticen el adecuado desarrollo académico de los programas de la Institución.
Los decanos deberán ser contratados como docentes de tiempo completo con descarga en su plan de trabajo para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
SEGUNDO. Autorícese al Rector de la Universidad para designar en la modalidad de encargo a los directores de área académica entre los profesores de tiempo completo para cada una de las 7 áreas que conforman nuestros programas:
- Administración
- Finanzas
- Mercadeo
- Humana
- Negocios internacionales
- Contaduría
- Ciencias básicas
Los objetivos de los Directores de área académica son, fundamentalmente:
- Garantizar la calidad y la pertinencia de los núcleos de sus áreas.
- Proponer los docentes de los núcleos del área que coordina, teniendo en cuenta la política de contratación de los mismos.
- Velar por el adecuado desarrollo académico de los núcleos adscritos a su coordinación, haciendo seguimiento al desarrollo de las clases y al desempeño de los docentes.
- Velar por que el desarrollo de los Programas Académicos de acuerdo con los propósitos y objetivos institucionales.
Los Coordinadores de Área reemplazarían a los Directores de Programa, cargo que deja de existir con la aprobación de la presente reforma. Estos coordinadores de área académica deberán ser contratados como docentes de tiempo completo con descarga en su plan de trabajo para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
TERCERO. Apruébese la continuación de dos direcciones transversales a todo el proceso de formación:
- Dirección de proyección profesional y plan de de empresa
- Dirección del Centro de Emprendimiento
CUARTO. Apruébese la creación de la Coordinación Administrativa de la Escuela de Administración, que será la encargada de la programación académica, gestionar y operar toda la carga administrativa de esta unidad, en especial con lo relacionado con los docentes: contratación, nómina, hojas de vida, órdenes de compra, entre otras.
QUINTO. Apruébese la creación de dieciséis (16) nuevas plazas de docentes de tiempo completo, para reforzar el proceso de formación académica. Quienes resulten escogidos para estas plazas, deberán ser contratados principalmente en la categoría de Docentes Auxiliares y Docentes Asistentes, para que refuercen el desarrollo académico de pregrado.
SEXTO. Autorícese al Rector de la Universidad a integrar la Gerencia de Investigaciones dentro del proceso de Formación Académica, como encargado del Aseguramiento del Aprendizaje. Así mismo se autorizan todas las acciones que con esta integración de procesos deba realizarse, incluyendo que el Coordinador de Seguimiento en Campus Virtual pase a formar parte de la Gerencia de Investigaciones, como encargado del seguimiento al desempeño del docente en campus.
SÉPTIMO. Autorícese al Rector de la Universidad a comprar los equipos de cómputo necesarios y adecuados para el correcto desempeño laborales de los nuevos cargos creados en el presente acuerdo, así como el reemplazo de aquellos obsoletos con los cuales los docentes estén trabajando a día de hoy.
OCTAVO. Autorícese al Rector de la Universidad las adecuaciones de infraestructuras necesarias para viabilizar el presente plan de fortalecimiento y de esta manera potencializar su eficiencia y eficacia.
El presente Acuerdo rige a partir de su expedición para todos los reingresos que se soliciten en adelante.
Dado en Sabaneta, Antioquia a los quince (15) días de febrero de 2016.
Diego Mauricio Mazo Cuervo
Rector
Esteban Guzmán Gutiérrez
Secretario General