Necesitaría un espacio mayor al de todo este boletín para plantear, explicar y sustentar lo que tengo que decir en apretadísima síntesis, en este editorial; intentémoslo.
El CEIPA solicitó al ICFES el cambio de su carácter tecnológico por el de institución universitaria, para continuar haciendo educación tecnológica en un primer ciclo, y universitaria en un segundo ciclo; igualmente, para poder desarrollar especializaciones en programas de Licenciatura que ofrece la Institución, así como para ofrecer nuevos programas de formación tecnológica por la modalidad de ciclos.
Esta solicitud se hizo, por el CEIPA no va a ofrecer Tecnologías Especializadas, y no las va a ofrecer porque:
El país en su ordenamiento jurídico al reglamentar el ejercicio profesional infravalora la educación tecnológica; ofrecer Tecnologías Especializadas, sería estafar a los Tecnólogos; el CEIPA está impedido éticamente, para hacerlo.
A pesar de dos conceptos favorables y muy bien fundamentados del Comité de Planeación del ICFES, la Junta Directiva negó la solicitud del CEIPA, con los siguientes argumentos:
“(…) La Junta Directiva del ICFES considera sobre el particular que el Centro de Investigación y Planeamiento Administrativo, CEIPA, desde su fundación en el año de 1972, ha venido cumpliendo una meritoria labor en la “fundación” (sic) de recursos humanos, en la modalidad tecnológica, con positivo beneficio para la juventud estudiosa de la zona de influencia;
Que como una de las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo está la de buscar el fortalecimiento de las Instituciones y de los programas de Formación Tecnológica actualmente existentes y de estimular la creación de los nuevos, con el fin de ampliar las oportunidades de acceso al sistema de educación postsecundaria, la Junta Directiva considera que no es conveniente para el país ni para la zona de influencia de la Institución; acceder a su solicitud de transformación.
Acuerda:
Artículo 1. Improbar el estudio de factibilidad presentado por el Centro de Investigación y Planeamiento Administrativo, CEIPA, con domicilio en Medellín, para su transformación de Institución de carácter Tecnológico a Universitario”. (Acuerdo 264 del 16 de diciembre de 1985).
En esta decisión se incurre en inexplicables contradicciones; enunciemos algunas:
- Se invoca una política de fortalecimiento de las instituciones y programas de educación tecnológica, y se le impide a una institución ejecutarla.
- Se proclama una política de ampliar oportunidades de acceso al sistema de educación postsecundaria, y luego se le niega a una institución la posibilidad de ofrecerlas; o sea, “se borra con el codo, lo que se ha escrito con la mano”.
- Se reconoce “la meritoria labor” de una institución, y se le bloquea para que la continúe y la mejore; éste es, porque se es bueno, se le condena a no poder ser mejor.
El CEIPA interpreta estas decisiones como una infravaloración a las acciones y proyectos institucionales para trabajar por el Sistema Educativo Colombiano y por la formación de calificados recursos humanos para el país.
Nos queda preguntarnos ahora, si el país cree o no cree, quiere o no quiere, que en Colombia se haga verdadera educación tecnológica.
Confiemos esperanzados en que a este gran interrogante se dé repuesta con claridad, lógica, inteligencia y, sobre todo, con decisión política que haga pasar la formulación de políticas, de las palabras a los hechos.
—
Antonio Mazo Mejía
Medellín, agosto 6 de 1986